La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación y su reglamento, son instrumentos legales de carácter vinculante que tienen por objeto:
+ Desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
+ Organizar el “Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
+ Definir los lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus aplicaciones, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para:
+ La promoción, estímulo y fomento de la investigación científica.
+ La apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica.
+ Fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento.
+ Impulsar el desarrollo nacional.
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La LOCTI define a las actividades científicas, tecnológicas, de innovación y sus aplicaciones como actividades de interés público y de interés general, además de resaltar el principio de aplicación social de la ciencia, la tecnología y la innovación como políticas fundamentales para el desarrollo integral de la nación, en conjunto con todos los ciudadanos y ciudadanas que vivimos en ella.
Texto tomado de: http://ctsi.unellez.edu.ve/